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Entra en vigor la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario y analizamos cómo influye en la formación y la profesión

La nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) ha entrado en vigor hace unos días con el objetivo de ofrecer una universidad de calidad, accesible, equitativa e internacionalizada. Para ello, establece la contratación de los docentes de forma indefinida, un tope a la tasa universitaria, mayor accesibilidad a personas mayores que deseen estudiar y alianzas para promover la internacionalización del sistema universitario.

Las medidas más destacadas se resumen en la reducción de la precariedad del profesorado pasando del 40% que fija la Ley Orgánica de Universidades (LOU) al 8%. También, la financiación contempla alcanzar el compromiso de un gasto mínimo del 1% del PIB y, además, establecer un tope a la tasa universitaria. Se pretende convertir la universidad en un espacio para todos, sin límites de edad, para dar respuesta a las necesidades que vayan surgiendo en la etapa adulta y se quieren aportar garantías al personal docente e investigador.

Manuel Manso, tesorero de la Asociación de Ingenieros Industriales de Madrid (AIIM) y vocal de la Comisión Enseñanza, ha valorado las implicaciones de la LOSU para la ingeniería, tanto en la formación de los futuros ingenieros como en el ejercicio de la profesión.

En primer lugar, asegura que la Ley aclara el encaje de los estudios del Máster Universitario en Ingeniería Industrial. Según se refiere en la ley, el Máster Universitario aporta una formación avanzada de carácter especializado temáticamente, o de carácter multidisciplinar o interdisciplinar.

Manso también refiere que, a pesar de insistir en el título I sobre la autonomía de las universidades, el desarrollo posterior limita dicha autonomía. “Pone aspectos clave como el presupuesto de la universidad en manos exclusivas del Consejo Social. Y esto puede ser relevante en titulaciones que necesitan de fuertes inversiones y gastos, como la ingeniería”, apunta.

Asimismo, en su opinión, el título que desarrolla los mecanismos de investigación en la universidad es excesivamente endogámico, “no nombra en ningún momento al mundo empresarial, de especial relevancia en las ingenierías”.

Por otra parte, se mantiene una representación muy alta del estudiantado, tanto en número (min 25% en el claustro), como en responsabilidades (Art. 6.2: Deberá garantizarse la plena y efectiva participación del estudiantado en la elaboración, seguimiento y actualización de los planes de estudio y sus efectos en las guías docentes). “Más allá de una declaración de intenciones, no parece lógico que el estudiantado defina el plan de estudios de una ingeniería”, subraya el tesorero de AIIM.

Con respecto a las condiciones del profesorado, la ley pretende aportar garantías al personal docente e investigador, pero se limita a un máximo de 5 años la excedencia de un profesor para participar en un spin-off de la universidad y se suprimen las exigencias de experiencia mínima en el campo correspondiente para el profesorado asociado, “lo que puede llevar a que esta figura, como aportación de la empresa real en la universidad, desaparezca. Esto se acrecienta con la implantación de un “proceso de estabilización” del profesorado asociado actual, que pasa así de ser la mencionada aportación de la empresa en el profesorado a convertirse en un mecanismo más de acceso al profesorado universitario. Todo esto puede poner en riesgo la participación real de la empresa en el profesorado, especialmente importante en el mundo de la ingeniería”, sostiene.

Por último, tampoco está claro cómo esta ley afecta a las universidades privadas. “El título en el que se las define dice que prácticamente la totalidad de lo indicado para las universidades públicas es válido para las privadas, lo cual no parece operativo”, añade.